Corte emite criterio sobre responsabilidad penal de personas jurídicas

09 Abril 2019 

•        Proyecto de ley se tramita en la Asamblea Legislativa

En atención a la consulta legislativa sobre el proyecto de ley “Responsabilidad de las Personas Jurídicas sobre cohechos domésticos, soborno transnacional y otros delitos”, expediente legislativo Nº 21.248, los magistrados y magistradas que integran Corte Plena emitieron el criterio respectivo.

 El estudio del texto estuvo a cargo del magistrado instructor, Jesús Ramírez Quirós.

 Por mayoría, el criterio judicial determinó que “…el contenido y propuesta de la presente iniciativa legal, conforme al artículo 167 de la Constitución Política, sí incide en la organización y funcionamiento del Poder Judicial”.

 Esto por cuanto en el análisis judicial, se aumenta la competencia de los órganos jurisdiccionales, que conocerán de hechos vinculados con nuevas figuras delictivas y la modificación de otros ilícitos e incluye un incremento de las labores que le corresponden al Ministerio Público y a la Defensa Pública, a la cual se le encarga de ejercer la representación legal como curador procesal de la persona jurídica (art. 19).

 El informe de Corte recalcó que la propuesta es de amplio interés, pues dota de nuevas herramientas para regular el tema de la responsabilidad de las personas jurídicas, sin embargo “…no se puede obviar que se recargan obligaciones al Poder Judicial, no contempladas presupuestariamente, situación que se ve afectada en razón de las limitaciones de contenido económico que tenemos como Poder de la República, circunstancia que no puede soslayarse”.

 Además se concluyó que la iniciativa de ley responde al ajuste del ordenamiento jurídico de Costa Rica a los requerimientos internacionales de la lucha contra la corrupción.

 El criterio judicial indica que el proyecto regula la responsabilidad penal de las personas jurídicas sobre cohechos domésticos, soborno transnacional y los otros delitos contemplados en la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito, Ley Nº 8422, y demás ilícitos no contemplados en la iniciativa de ley. Además, contiene el procedimiento para investigar y establecer dicha responsabilidad penal, la determinación de las sanciones correspondientes, la prevención del delito, entre otros aspectos.

 El acuerdo de Corte Plena se tomó por mayoría de nueve votos y acordó “…Tener por rendido el informe del Magistrado Ramírez y hacerlo de conocimiento de la Comisión Especial que se encargará de conocer y dictaminar proyectos de ley requeridos, para lograr la adhesión de Costa Rica a la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) de la Asamblea Legislativa, en respuesta a la consulta formulada, con la indicación expresa de que el proyecto de ley consultado, sí incide en la organización y funcionamiento del Poder Judicial. Así votaron los magistrados y las magistradas Rojas, Olaso, Varela, Sánchez, Aguirre, Chacón, el Suplente y los y las suplentes Aragón Cambronero, Alfaro Vargas, López Madrigal”.

 Los magistrados Castillo, Rueda, Hernández, Salazar Alvarado, Araya y la suplente Esquivel Rodríguez se abstienen de votar.

Sala de Casación Penal, Poder Judicial
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