Proyecto de reformas penales contempladas en el estatuto internacional recibe criterio judicial
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Consulta la remitió la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos de la Asamblea Legislativa.
Los magistrados y magistradas que integran Corte Plena aprobaron el informe judicial sobre el estudio del proyecto de ley denominado “Reformas del Código Penal, Ley N° 4573, para la implementación de los crímenes contemplados en el Estatuto de la Corte Penal Internacional, incluidas las enmiendas de Kampala”, expediente Nº 22.439.
El criterio judicial se emite ante la consulta enviada por la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos de la Asamblea Legislativa, que tiene a cargo la tramitación del expediente legislativo.
El estudio del proyecto de ley estuvo a cargo de la magistrada instructora, Patricia Solano Castro.
El acuerdo tomado por Corte Plena estableció que el proyecto de ley consultado, no incide en la organización y funcionamiento del Poder Judicial y se puntualizó que “los tipos penales sobre los cuales se refiere el proyecto de ley, actualmente forman parte de nuestro sistema penal y la propuesta planteada no presenta injerencias directas en nuestra organización y funcionamiento que ameriten la aplicación del numeral 167 de la Constitución Política. Lo anterior, tomando en cuenta también que se trata de investigaciones que no representan una cantidad de relevancia en el circulante de casos que tramita la institución”.
Además, se recalcó que en el análisis del contenido del texto sustitutivo su finalidad “…se enmarca dentro de un tema de política criminal y aplicación de tratados supraconstitucionales, que compete delimitar al legislador, en este caso, en relación con la implementación de definiciones y tipificaciones de carácter internacional para delitos vinculados con el Estatuto de Roma, así como con el rango de sanciones penales para estas criminalidades”.
Se hace referencia que el texto remitido se relaciona con la tipificación de los crímenes de guerra, de lesa humanidad y genocidio en nuestro ordenamiento costarricense y la necesidad de incorporar el delito de agresión bajo la definición acordada para el Estatuto de Roma.
24 Noviembre de 2021
FUENTE: DEPARTAMENTO DE PRENSA Y COMUNICACIÓN ORGANIZACIONAL